Con el Acuerdo Ministerial MDT-2024-196, emitido en octubre de 2024, la plataforma del Sistema Único del Trabajo (SUT) del Ministerio de Trabajo del Ecuador ha experimentado importantes cambios, específicamente en el Módulo de Salud y Seguridad.
No olvidemos que en esta plataforma debemos registrar la gestión que se realiza dentro de las organizaciones, público y privadas, en relación a la Seguridad y Salud Ocupacional. De esta manera, la autoridad nacional puede visualizar los reportes y en base a ello, ir a inspeccionar el centro de trabajo para evidenciar la información recopilada. Te recomendamos NUNCA registrar meramente por registrar, sin tener antes el respaldo necesario: documentación, registros de asistencia, informes, evaluaciones técnicas y médicas, etc. El Ministerio de Trabajo del Ecuador podría sancionar a la empresa/institución por falsedad en la información.
Entre los principales cambios que podemos observar a la fecha (24 de marzo del 2025) son:
- Sobre los Profesionales: El Registro de Monitor, Técnico de higiene y seguridad en el trabajo, o de los servicios externos de seguridad e higiene en el trabajo. Este registro ahora cuenta con fecha de caducidad.
- Sobre los Organismos Paritarios: Solo se puede registrar a los miembros del Comité Paritario de Seguridad y Salud que realicen la capacitación virtual brindada por el Ministerio de Trabajo. Si eres miembro del Comité y aun no realizas este curso, te puedes inscribir en este link. Además, recordemos que centros de trabajo con menos de 50 trabajadores, ya no deben conformar este Organismo Paritario, ni tampoco registrar su gestión del año anterior en el SUT. Si deseas más información sobre los organismos paritarios lo puedes encontrar aquí.
- Sobre el Reglamento de Higiene y Seguridad en el Trabajo: no tiene mayores modificaciones, ya que su regulación está en el Código de Trabajo. Su trámite de aprobación se mantiene. Lo importante es verificar su último formato establecido, que puede incluir modificaciones acorde al Acuerdo Ministerial MDT-2024-255 y al Decreto Ejecutivo Nro.255/2024.
- Sobre los Programas Preventivos: Tampoco existe mayor cambio, su registro se mantiene, pero como lo indicamos al inicio de este artículo, una vez que se haya ejecutado los programas con todas sus actividades propuestas, se deberá realizar este registro y no caer en ilegalidad.
Fallos en la web del SUT.
Estos cambios de la plataforma SUT lo están realizando paulatinamente, razón por la cual puede existir fallos o errores al momento de tratar de ingresar. Lo que por experiencia propia podemos indicarles es que la plataforma SUT nos ha funcionado de mejor manera si lo trabajamos desde el navegador Firefox antes que Google Chrome.
Los registros en el SUT es el paso final de la gestión en Seguridad y Salud Ocupacional
Ante las inspecciones del Ministerio de Trabajo, las evidencias que justifican el trabajo realizado será la documentación física y electrónica, registros de asistencia, informes, evaluaciones técnicas y médicas, etc. todo sigue un Plan de Trabajo definido por los responsables de la Seguridad y la Salud Ocupacional. Una vez que se cumpla con la gestión podremos realizar un reporte verídico y legalmente justificado en la plataforma del SUT, los cuales en su mayoría tienen una vigencia de 12 meses.
Los reportes en la plataforma SUT se lo puede realizar en cualquier día del año, no solamente en el mes de Diciembre, y dependerá del Plan de Trabajo que maneje cada organización.
claro toda la información